Una ordenanza que no se puede inspeccionar no existe

Hay un momento reconocible en la vida de cualquier ordenanza municipal: se aprueba, se publica, sale en la prensa local, y a los dos años nadie sabe decir cuántas veces se ha aplicado. No es que se incumpla. Es que no se comprueba, y una obligación que nadie comprueba se convierte, en la práctica, en una recomendación.

La causa casi nunca está en la voluntad política. Está en la redacción, y más concretamente en una omisión que se repite: el texto define qué está prohibido, pero no define cómo se acredita el incumplimiento. Son dos cosas distintas y la segunda es la que determina si la norma vive o no.

El contraste que lo explica

Compárense dos formulaciones del mismo mandato. La primera: «las terrazas respetarán un itinerario peatonal accesible». La segunda: «las terrazas dejarán libre una banda continua de 1,80 metros medida desde la línea de fachada, señalizada con marca permanente en el pavimento».

Ambas dicen lo mismo en espíritu. Solo la segunda se puede inspeccionar. Un agente con una cinta métrica cierra el expediente en dos minutos y el titular de la terraza sabe de antemano qué le van a medir, lo cual reduce el conflicto en lugar de aumentarlo. Con la primera, cada acta es discutible, cada discusión llega a jurídico, y jurídico —que tiene razón— acaba desaconsejando sancionar. La norma no ha muerto por incumplimiento: ha muerto por indefinición.

Las cuatro preguntas antes de aprobar

Antes de llevar un articulado a pleno merece la pena someterlo a cuatro preguntas. Ninguna es jurídica; las cuatro son operativas.

Quién comprueba esto, con nombre de servicio y no de área. Con qué instrumento se mide, y si el ayuntamiento lo tiene o hay que comprarlo. Cuánto tarda una comprobación, porque de ahí sale cuántas caben en una jornada y por tanto qué cobertura real tendrá la norma. Y qué ocurre entre la primera visita y la sanción, es decir, si hay requerimiento previo y con qué plazo.

Si alguna de las cuatro no tiene respuesta, la ordenanza no está terminada. Puede estar impecablemente redactada y ser inaplicable, que es la forma más cara de no hacer nada: consume meses de tramitación, genera expectativa pública y deja el problema exactamente donde estaba.

La parte incómoda

Contestar esas preguntas obliga a poner por escrito cuántos inspectores hay. Y ese número, casi siempre, es más pequeño de lo que el articulado da por supuesto. De ahí que la pregunta se evite: no porque nadie sepa la respuesta, sino porque la respuesta obliga a elegir entre ampliar plantilla y reducir la ambición del texto.

Elegir es precisamente lo que hace aplicable una norma. Una ordenanza que regula tres cosas y las tres se comprueban vale más que una que regula quince y no comprueba ninguna.


Este artículo es un ejemplo de demostración, escrito para poder ver el blog con contenido dentro. No está publicado a nombre de nadie ni se refiere a la ordenanza de ningún municipio concreto.

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