Propuesta
Separar el mantenimiento del alumbrado del contrato de obra
Ejemplo de propuesta, escrito para ver cómo queda una propuesta real en el sitio. No corresponde a ningún municipio concreto.
Es habitual que el mantenimiento del alumbrado público viaje dentro del mismo contrato que la instalación. La lógica es de ahorro administrativo: un solo expediente, un solo adjudicatario, una sola factura. El efecto práctico es distinto. El mantenimiento queda como una obligación accesoria dentro de un contrato cuyo objeto principal ya se ha cumplido, y una obligación accesoria no tiene indicador propio, no tiene penalización propia y, por tanto, no tiene nadie que la mire.
Qué se propone
Sacar el mantenimiento a un contrato independiente, con tres condiciones que lo hacen comprobable: un inventario de puntos de luz que se entrega actualizado al inicio y al final de cada anualidad, un plazo máximo de reposición contado desde el aviso y no desde la orden de trabajo, y un informe trimestral que el ayuntamiento pueda contrastar contra los avisos recibidos por el 010 o el buzón de incidencias.
Por qué importa el detalle del plazo
La diferencia entre contar el plazo desde el aviso o desde la orden de trabajo parece menor y no lo es: es la que decide si el retraso interno de tramitación lo soporta el contratista o el vecino. Un contrato que cuenta desde la orden de trabajo puede cumplirse al cien por cien mientras las farolas siguen apagadas tres semanas.